Reglamento interno – Red para la formación ética y ciudadana

Red para la Formación Ética y Ciudadana

 

Reglamento Interno

 

PREÁMBULO

 

La Red para la Formación Ética y Ciudadana es el resultado del esfuerzo mancomunado de un grupo de académicos que, a nivel personal y con un sólido apoyo institucional, de manera decida, optaron por la generación de espacios de reflexión y divulgación de experiencias, investigaciones y demás trabajos realizados bajo el propósito de aportar al debate sobre la formación ética y ciudadana. Todo ello, teniendo como referente los diferentes ámbitos en los que se impactan instituciones sociales tales como: las universidades e instituciones de educación superior, los colegios, las asociaciones profesionales y demás organizaciones civiles que trabajan en pro de la ética como un asunto medular de su quehacer institucional y personal.

En concreto, la idea fundante de la Red fue crear un espacio de discusión sobre los modelos pedagógicos que actualmente se están utilizando en las instituciones de educación y el impacto de estos sobre la formación de los estudiantes

Consecuentemente, en la propuesta de creación de la Red de Formación Ética y Ciudadana se asume que la ética es un problema de gran importancia en la coyuntura histórica de nuestra sociedad y, por tanto, un problema en común a todos los niveles de la Educación. De esta manera, se asume que la enseñanza de la ética constituye, especialmente a nivel institucional, una apuesta común por el futuro moral y político de las sociedades democráticas, que resulta pertinente como reacción frente a prácticas sociales que generan la corrupción, la exclusión y la inequidad.  Así, la Red pretende promover la reflexión ética y aportar en la formación de ciudadanos capaces de una deliberación moral profunda y bien informados sobre las dimensiones éticas de los asuntos que ocurren a diario en el ámbito público y el privado.

En este orden de ideas, el propósito de la Red de Enseñanza de la Ética y Formación Ciudadana es articular el trabajo de profesores, instituciones educativas, grupos y semilleros de investigación en torno a la ética y su enseñanza, buscando mantener una discusión constante y fluida, consolidar bancos de experiencias pedagógicas y promover el diálogo, el apoyo y movilidad académica a nivel nacional e internacional.

Teniendo todo esto en cuenta, la Red de la Enseñanza de la Ética y la formación ciudadana busca a responder a las necesidades de nuestro entorno social y político. Por ello considera fundamental la promoción y el fortalecimiento de la capacidad ciudadana de deliberación en torno a los asuntos éticamente relevantes en las distintas esferas de la vida social.

La Red se postula como una herramienta para que profesores, investigadores e instituciones encuentren materiales, discusiones y actualizaciones que faciliten y enriquezcan sus labores y aporten, desde diversas actividades, a la enseñanza de la ética y la formación ciudadana.

 

OBJETO:

El presente Reglamento tiene por finalidad precisar las condiciones de vinculación y permanencia de los diferentes miembros de la Red para la Formación Ética y Ciudadana. Para ello, se establecen los tipos de vinculación y sus modalidades, así como las condiciones de permanencia y los organismos de gestión y gobernanza previstos para su adecuado funcionamiento en coherencia con los objetivos declarados en los Estatutos.

 

Artículo 1: Sobre la vinculación

Podrán pertenecer a la Red para la formación ética y ciudadana todas las personas naturales o jurídicas que adelanten procesos relacionados con la enseñanza de la ética o la formación de ciudadanía y que manifiesten por escrito su deseo de pertenecer a ella. Para hacer parte de la Red es necesario cumplir una serie de requisitos académicos, investigativos y formativos, o bien desarrollar actividades en el ámbito de la gestión ética, la trasparencia o la responsabilidad social. Las Universidades, grupos de investigación, Fundaciones y Entidades públicas y privadas interesadas en participar en la Red, deben comprometerse con aportar recursos físicos, financieros y humanos para la realización del Congreso de Enseñanza de la Ética y la construcción de actividades o iniciativas que la RED misma realice en desarrollo de sus objetivos. En todos los casos, quienes deseen participar en la Red deben cumplir con los criterios y procedimientos definidos en este reglamento.

 

Artículo 2: Tipos de vinculación

La Red contempla cuatro tipos de membresías a saber:

 

  1. Miembro Fundador
  2. Miembro Asociado Individual (investigador, docente o agente social)
  3. Miembro Asociado Institucional (Universidad, Centro de investigación, empresas, asociaciones profesionales y organizaciones sociales)
  4. Miembro Honorario

 

Artículo 3: Miembro Fundador

Se reconocen con esta categoría todas las personas que a título individual gestionaron la creación de la red en sus inicios o firmaron el Acta de Constitución de la Red (Estatutos).

 

Artículo 4: Miembro Asociado Individual

Son todas las personas que a título individual solicitan la vinculación a la Red, cumpliendo con los requisitos establecidos y reciben aprobación por parte del Comité Académico.

 

Artículo 5: Miembro Asociado Institucional

Se reconocen con esta categoría todas las Instituciones de Educación Superior, colegios, asociaciones profesionales y organizaciones sociales que solicitan formalmente, cumpliendo con los requisitos establecidos, y hayan recibido respuesta satisfactoria por parte del Comité Académico.

 

Artículo 6: Miembro Honorario

Se reconocen con esta categoría todas las personas naturales que por su experiencia profesional, producción académica o reconocimiento nacional o internacional, en el ámbito de la formación ética y ciudadana, gestión ética, la trasparencia o la responsabilidad social, son elegidos por parte del Comité Académico de la Red con esta distinción.

 

PARÁGRAFO: El Comité Académico evaluará estos reconocimientos en sus sesiones ordinarias y notificarán por escrito, mediante Certificado, a las personas que sean reconocidas como miembros honorarios. La Secretaría de la Red llevará archivo de estas personas, en tanto que, periódicamente, UNA de ellas será invitada como miembro del Comité Académico de manera rotativa.

 

Artículo 7: Requisitos membresía individual

A continuación se señalan los requisitos que se deben cumplir para la solicitud de vinculación en esta categoría:

 

De carácter obligatorio:

  1. Diligenciar el formulario de inscripción dispuesto en la página web y adjuntar los soportes requeridos allí.
  2. Contar con un título profesional.
  3. Certificar experiencia docente, profesional o educación (formal o no formal) en las áreas de ética o formación de ciudadanía.
  4. Estar vinculado laboralmente a una Institución de Educación Superior, Colegio, Asociación Profesional u organización civil.
  5. No tener sanciones, antecedentes disciplinarios o penales.

De carácter electivo (al menos 1 de los siguientes):

  1. Haber realizado una (1) publicación en temas asociados con la formación ética o a la construcción de ciudadanía.
  2. Haber presentado una (1) ponencia en eventos académicos relacionados con la ética.
  3. Contar con una experiencia sistematizada, avalada institucionalmente, sobre temas relacionados con la formación ética y ciudadana.

 

Artículo 8: Requisitos membresía institucional

A continuación, se señalan los requisitos que se deben cumplir para la solicitud de vinculación en esta categoría:

  1. Enviar carta de intención con los debidos soportes.
  2. Adelantar o proponer actividades asociadas a la formación ética o ciudadana.
  3. Realizar investigaciones en temas relacionados con la ética o la ciudadanía.
  4. Realizar proyectos de gestión ética o responsabilidad social.
  5. No tener sanciones, investigaciones, antecedentes disciplinarios o penales.

 

Artículo 9: Procedimiento de afiliación membresía individual

El candidato deberá enviar la carta de intención (membresía institucional) o bien diligenciar y adjuntar los debidos soportes en el formulario de inscripción (membresía individual). Posteriormente los miembros del Comité Académico estudiarán la solicitud y, si la decisión es favorable, notificarán al candidato.

PARÁGRAFO: En todo caso, la aceptación o no como miembro de la Red será una decisión discrecional del Comité Académico.

 

Artículo 10: Procedimiento de afiliación membresía institucional

La entidad aspirante deberá enviar la carta de intención, firmada por el representante legal, y adjuntar los debidos soportes enunciados en el artículo 8 de este reglamento. Posteriormente los miembros del Comité Académico estudiarán la solicitud, verificando la veracidad de la información suministrada, y si la decisión es favorable, notificarán al candidato.

PARÁGRAFO: En todo caso, la aceptación o no como miembro institucional de la Red será una decisión discrecional del Comité Académico.

 

Artículo 11: Sobre la vigencia de la membresía

Una vez notificada la aprobación de la membresía en cualquiera de las modalidades (individual o institucional), esta tendrá validez por TRES (3) años, renovables, previo cumplimiento de las condiciones establecidas en los numerales 6 y 7 de este reglamento.

Parágrafo: Los miembros individuales o institucionales podrán solicitar Cancelación de la Membresía en cualquier momento de su vigencia, mediante comunicación escrita al Comité Académico de la Red.

 

Artículo 12: Organismos de Gestión

Atendiendo a lo definido en los Estatutos (Acta de Constitución de la Red), a nivel orgánico la Red cuenta con las siguientes instancias de gobernanza, gestión y participación:

  • Consejo de Fundadores
  • Asamblea General
  • Comité Académico

 

Artículo 13: El Consejo de Fundadores

Está conformado por todos los firmantes de los Estatutos, siempre y cuando mantengan actividad vigente con la planeación y gestión de la Red.

 

Artículo 14: La Asamblea General

Se considera Asamblea General a la reunión anual o bianual que se realiza en el marco del Congreso de enseñanza de la ética, en la cual participan todos los miembros activos de la Red. Asimismo, en el marco de esta reunión se validan, por votación democrática, las decisiones sobre aspectos como la temática, sedes y periodicidad del Congreso, entre otras.

 

Artículo 15: El Comité Académico

El Comité Académico es un cuerpo colegiado elegido por la Asamblea y conformado por SIETE (7) representantes elegidos entre los miembros fundadores, asociados y honorarios de la Red que deseen formar parte de él. La constitución del Comité obedecerá a los siguientes criterios:

  • Tres (3) miembros del Consejo de Fundadores.
  • Tres (3) miembros asociados.
  • Un (1) miembro honorario.

El Comité Académico tendrá vigencia anual o bianual, según la celebración de la Asamblea General que se realiza en el marco del Congreso de Enseñanza de la Ética.

 

Artículo 16: Régimen Disciplinario.

Dada la naturaleza de la Red, cualquier miembro (individual o institucional) que resulte investigado o sancionado penal o disciplinariamente perderá la vinculación a la Red y el reconocimiento de sus productos académicos en esta instancia.

 

Artículo 17: Integridad Ética y científica

Atendiendo al Documento de Política Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación N. 1501. Política de ética, bioética e integridad científica, emanado por Colciencias (2017), la Red asume la siguiente declaración de integridad científica:

La Red se compromete a velar por el cumplimiento de los principios de integridad requeridos por toda investigación científica. En general, los integrantes de la Red promueven la realización de investigaciones académicas que cumplan con lo establecido en la Política de ética, bioética e integridad científica (Colciencias, 2017:20). En particular, el compromiso se traduce rechazar las investigaciones que incurran en las faltas consideradas como graves y frecuentes en investigación académica que son:

  • Plagio
  • Fraude
  • Falsificación
  • Retención de datos
  • Conflicto de interés no declarado
  • Ausencia de consentimiento informado
  • No inclusión de un autor en una publicación
  • Firma abusiva de un autor
  • Transgresión de la confidencialidad
  • No conservación de datos experimentales
  • Inadecuada supervisión de estudiantes
  • Falta de difusión y socialización
  • Uso inadecuado de los resultados de CTeI