Documentos institucionales

Acta de constitución de la Red para la Formación Ética y Ciudadana

Los docentes firmantes suscribimos, a nombre propio, la siguiente ACTA DE CONSTITUCIÓN, manifestando así nuestro deseo de fundar conjuntamente la RED PARA LA FORMACIÓN ÉTICA Y CIUDADANA, teniendo en consideración los objetivos, compromisos y directrices que a continuación se exponen:

  1. Objetivo general

La Red para la formación Ética y Ciudadana (en adelante, «LA RED») tiene como objetivo promover el intercambio permanente de conocimientos, experiencias e investigaciones en torno a la educación ética y ciudadana a nivel nacional e internacional.

2. Objetivos específicos

2.1. Establecer un diálogo entre investigadores, profesores, instituciones educativas, grupos de investigación, entidades públicas y organizaciones de la sociedad civil sobre la formación ética y ciudadana y su relación, por una parte, con el entorno social y político y, por otra, con los enfoques disciplinares, profesionales y transversales de la enseñanza de la ética y la ciudadanía.

 

2.2. Coordinar una comunidad de investigadores y docentes interesados en temas específicos de ética y brindar la oportunidad de establecer contactos que permitan el desarrollo de trabajos interinstitucionales y transdisciplinares.

 

2.3. Erigirse como espacio estratégico de reflexión y de pronunciamiento frente a problemáticas éticas y morales graves que afectan la vida de los ciudadanos con el propósito de incidir, en lo posible, en la discusión y formulación de políticas públicas relacionadas con la formación ciudadana.

 

2.4. Crear y consolidar un repositorio de recursos pedagógicos y de experiencias sobre la enseñanza de la ética y la formación en ciudadanía.

 

2.5. Difundir noticias, eventos, recursos, experiencias y fuentes sobre temas de ética, ciudadanía y educación.

 

2.6. Organizar periódicamente el Congreso de Enseñanza de la Ética.

 3. Miembros

Podrán pertenecer a LA RED todas las personas naturales o jurídicas que tengan interés en la educación ética y política y que manifiesten por escrito su deseo de pertenecer a ella. Tras la suscripción de la presente Acta de Constitución por parte de los miembros fundadores, la aceptación de un nuevo miembro estará sujeta a la aprobación del Comité Académico de LA RED en conformidad con lo estipulado en el Reglamento de aceptación de nuevos miembros.

LA RED contará con miembros fundadores, asociados y honorarios. Se considerarán miembros fundadores a los docentes que, en representación de sus instituciones, han organizado los congresos sobre enseñanza de la ética realizados a la fecha, y que suscriben esta acta. Se considerarán miembros asociados aquellas personas naturales o jurídicas legalmente constituidas que se suscriban a LA RED con posterioridad a la fecha de constitución de la presente acta. Se considerarán miembros honorarios aquellas personas naturales o jurídicas que por sus aportes investigativos en los campos de la ética y la política o su participación destacada en las actividades de LA RED sean convocadas para hacer parte de ella.

Los miembros podrán considerarse activos o inactivos, de conformidad con su desempeño y trabajo en LA RED. La inasistencia injustificada a un 30% de actividades convocadas por LA RED en un período de dos años o la votación mayoritaria de la Asamblea de Miembros de la misma se considerarán causales para la posible declaración de miembro no activo.

Derechos de los miembros

Para todos los efectos los miembros de LA RED contarán con las mismas responsabilidades y derechos:

 

  1. Utilizar los servicios y acceder a la información que proporcione LA RED, sin perjuicio de algunos otros requisitos específicos establecidos previamente para algunos de ellos (v. gr. Suscripción repositorio virtual).
  2. Participar de todos los eventos, espacios formativos e investigaciones que promueva LA RED, previo cumplimiento de los requisitos específicos establecidos en las convocatorias destinadas para ellos.
  3. Formar parte de los grupos, líneas y comisiones de trabajo, estudio e investigación que se establezcan en el desarrollo de las actividades de LA RED, así como proponer la creación de otros nuevos.
  4. Proponer y promover proyectos, estudios, análisis e investigaciones que favorezcan el desarrollo de LA RED.
  5. Participar de los espacios decisorios y postularse para integrar los organismos que se creen al interior de LA RED para el cumplimiento de sus funciones.

 

Deberes de los miembros

Se considerarán deberes de los miembros:

  1. Apoyar la organización y gestión de las actividades y eventos de LA RED, garantizando las tareas y responsabilidades que adquieran durante el funcionamiento de ésta.
  2. Participar activamente de las sesiones de trabajo que establezca LA RED, así como de los eventos que ésta promueva.
  3. Compartir información, investigaciones, convocatorias y documentos que puedan servir de insumo al trabajo de LA RED.
  4. Cooperar activamente con otros miembros de LA RED en los equipos de investigación o trabajo que se conformen.
  5. Crear y gestionar vínculos con sectores externos a LA RED (empresarial, estatal, sin ánimo de lucro, multilateral, entre otros), promoviendo espacios de discusión e interacción.
  6. Velar por el cumplimiento de los compromisos adquiridos en el marco de LA RED.
  7. Los demás que se desprendan de documentos especiales, estatutos o reglamentos.

 

Asamblea de Miembros

LA RED sesionará en Asamblea Ordinaria durante el Congreso de Enseñanza de la Ética. También podrán tener lugar Asambleas Extraordinarias, previa convocatoria justificada por parte del Comité Académico.

Cada miembro de LA RED podrá contar con un representante para que exprese sus puntos de vista en las Asambleas y ejercer el derecho al voto. Las decisiones en las Asambleas de la Red se tomarán por voto mayoritario de los miembros de LA RED.

Consejo de Fundadores

Los docentes que suscriben la presente Acta de Constitución conforman el Consejo de Fundadores. Corresponderá al Consejo de Fundadores velar por el cumplimiento de los objetivos generales y específicos de LA RED, establecer las políticas y directrices generales de la misma en desarrollo de éstos y evaluar la gestión de los órganos que pasen a hacer parte de la misma, promoviendo ante la Asamblea de Miembros las mociones que considere convenientes. Finalmente, el Consejo de Fundadores podrá reformar de las disposiciones consignadas en el Acta de Constitución, contando con el voto mayoritario de los miembros.

Comité Académico

El Comité Académico es un cuerpo colegiado elegido por la Asamblea y conformado por un mínimo de cinco (5) y un máximo de siete (7) representantes elegidos entre los miembros fundadores y asociados de LA RED que deseen formar parte de él, más un representante de los miembros honorarios, cuando los haya. Dicho representante será avalado por el comité académico y ha de contar con reconocimiento internacional en temas relacionados con la ética y la ciudadanía. Para garantizar la continuidad de los proyectos y gobernanza de la red, tres (3) miembros del comité de fundadores pertenecerán siempre al Comité Académico.

El Comité tendrá que garantizar el funcionamiento general y la operatividad de LA RED, garantizar el cumplimiento de sus objetivos específicos, administrar recursos y asignar tareas, convocar y presidir las Asambleas y rendir los informes a que haya lugar al Consejo de Fundadores.

El Comité Académico podrá proponer la creación de comisiones, líneas de investigación, convocar a reuniones y proponer invitados cuando lo considere conveniente.

Durante sus primeros dos años de funcionamiento el Comité Académico estará formado por representantes de los Miembros Fundadores de LA RED. Este Comité tendrá como funciones centrales:

  1. La coordinación del diseño y puesta en funcionamiento de la página WEB de LA RED por parte de un comité técnico.
  2. La organización del VI y VII Congreso de Enseñanza de la Ética
  3. El diseño y puesta en funcionamiento de la estructura organizacional de LA RED
  4. La elaboración de un reglamento para el funcionamiento de LA RED
  5. La aceptación de nuevos miembros
  6. Otras actividades que el Comité considere pertinentes para la consolidación de LA RED
  7. El apoyo a nuevas redes y subredes que surjan de la acción entre los miembros de LA RED

Posteriormente, se nombrará un nuevo Comité en Asamblea de LA RED por un período de dos años, de conformidad con las disposiciones estatutarias consignadas en el presente documento.

Naturaleza jurídica

LA RED no constituirá una persona jurídica, sino una comunidad académica autónoma cobijada por el régimen jurídico civil.

Su duración será indeterminada, a menos que la Asamblea de Miembros disponga otra cosa.

Su domicilio estará ubicado en la ciudad de Bogotá, sin perjuicio de que sus sesiones y eventos se realicen en otros lugares del territorio nacional de Colombia o internacional.

Patrimonio

No hay patrimonio en cabeza de LA RED. LA RED no obligará erogación pecuniaria de ninguna clase a los miembros de la misma. No se prevé ninguna cuota regular para su sostenimiento por parte de los miembros.

Se firma en la ciudad de Bogotá, D.C. el  12 de Agosto del año 2017

 

Wilson Herrera Romero    

Juny Montoya Vargas

Eduardo Rueda

Gelber Castro

Diego Cagüeñas

Gildardo Díaz Novoa

Mauricio Zabala

Ángela Salas

Didier Santiago

Andrés Mejía

Freddy Patiño Montero

Rafael Silva

Arturo Herreño

Juan Alexis Parada Silva